000 01074nam a2200145Ia 4500
005 20250107234325.0
008 250106s2012 xx 000 0 und d
020 _a17759
100 _aLeón Zárate, Ana Mercedes
245 0 _a"Interpretación económica de los hechos en la aplicación de la ley penal tributaria"
260 _aCallao
_c2012
300 _a62
_eNo
505 _aHemos acudido a Guimermo Cabanilas para precisar que es la interpretación en general, y en particularen lo propio de la ley. Interpretación en general es la declaración, explicación o aclaración del sentido de una cosa o de un texto incompleto, oscuro o dudoso. La obscuridad, la duda o la laguna legal puede encontrarse en las palabras o en el espíritu de las normas positivas, en los contratos, en los hechos, en las demandas, en las sentencias, en cualquiera de los actos ode las relaciones jurídicas; de ahí la amplitud y variedad de la interpretación, para aclarar la situación real o la voluntad verdadera que se utiliza en el Perú, y que es el método literal.
942 _cIFI
999 _c74858
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