La razonabilidad del gasto por concepto de movilidad en las empresas
Huayhua López, Fiorella Patricia
La razonabilidad del gasto por concepto de movilidad en las empresas - Callao 2013 - 75 No
El limite de los gastos de movilidad que se señalan en el artículo a.1) del artículo 37 del actual texto único ordenado de la Ley de Impuesto a la Renta - en adelante TUO de la LIR afectan la determinación de la renta neta empresarial conllevando a desconocer su realidad económica. De acuerdo a lo que señala el inciso a.1) del citado artículo, son deducibles entre otros, los gastos por concepto de movilidad de los trabajadores que sean necesarios para el cabal desempeño de sus funciones y que no constituyan beneficio o ventaja patrimonial directa de los mismos, así mismo, de manera general dicho gasto para ser deducible debe cumplir con el principio del devengado y el principio de casualidad.
15785
T/657/H82r
La razonabilidad del gasto por concepto de movilidad en las empresas - Callao 2013 - 75 No
El limite de los gastos de movilidad que se señalan en el artículo a.1) del artículo 37 del actual texto único ordenado de la Ley de Impuesto a la Renta - en adelante TUO de la LIR afectan la determinación de la renta neta empresarial conllevando a desconocer su realidad económica. De acuerdo a lo que señala el inciso a.1) del citado artículo, son deducibles entre otros, los gastos por concepto de movilidad de los trabajadores que sean necesarios para el cabal desempeño de sus funciones y que no constituyan beneficio o ventaja patrimonial directa de los mismos, así mismo, de manera general dicho gasto para ser deducible debe cumplir con el principio del devengado y el principio de casualidad.
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T/657/H82r